Los usuarios que quieran registrar un dominio, ya sean personas a título particular o empresas, pueden hacerlo a través de dos vías. La primera de ellas es a través de la página web Dominios.es, que depende del Ministerio de Industria. La segunda opción es a través de un agente registrador certificado por Dominios.es, que suele ofrecer más servicios adicionales.
Para registrar un dominio hay que comprobar su disponibilidad a través de Dominios.es o desde la web de alguno de los agentes registradores. Si el dominio que se quiere registrar está libre, se podrá seleccionar la asignación final que más convenga, a escoger entre “.com”, “.es” o “.org”, entre otras.
El registro es libre, pero se tienen que respetar unas normas básicas, como por ejemplo usar el alfabeto latino, no violar las leyes o el orden público y respetar el número de caracteres mínimo que debe contener el nombre.
Los dominios se pueden registrar durante un periodo mínimo de un año hasta un máximo de diez. Si se acaba el periodo de la licencia y se quiere renovar, se puede presentar una solicitud de renovación de licencia, pagando de nuevo la cuota correspondiente, que variará según el número de años que quieran reservarse.
El proceso de registro se lleva a cabo telemáticamente, y es necesario identificarse a través del DNI-e o dándose de alta dentro del sistema web de Dominios.es o del agente registrador.
Si es una empresa, ésta deberá aportar el CIF y tendrá que especificar en qué tipo de sociedad está constituida, es decir, si se trata de una Sociedad Anónima, una Sociedad Limitada o una Cooperativa. También es necesario aportar datos de contacto, ya sean de la empresa o del particular interesado.
Una vez superado todo el proceso de registro se expide al usuario un certificado de titularidad, con el que puede demostrar que es el dueño de ese dominio, y que, en caso de que otra persona vulnere el dominio registrado, tiene una prueba para emprender las acciones legales que crea pertinentes.
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