La crisis económica ha cambiado la litigiosidad en España. El efecto más obvio ha sido en los afectados directamente por la reducción de la actividad económica, el trabajador y la empresa: se han disparado los concursos, las demandas de despido y las reclamaciones de cantidades. Pero evidentemente el efecto de la crisis se trasladó a las familias inmediatamente, cambiando también las tendencias de la litigiosidad en esta materia, singularmente, en en materia de crisis matrimoniales o de pareja.
Así, las disoluciones matrimoniales rompieron su tendencia al alza de décadas y empezaron producirse estancamientos e incluso caídas interanuales, un fenómeno que muchos expertos han señalado y que se atribuye al coste del proceso y la insuficiencia de recursos de los cónyuges para mantenerse (a ellos y a sus hijos) viviendo por separado. Este efecto parece estar normalizándose: así en el tercer trimestre de 2014 el número de demandas de disolución matrimonial iniciadas incrementó un 12,2% respecto al mismo periodo del año anterior, según datos del Consejo General del Poder Judicial. Este dato se suma a los dos crecimientos interanuales registrados en el primer y segundo trimestre de 2014.
Sin embargo, otro efecto que ha pasado más desapercibido no da signos de normalizarse: se trata de las modificaciones de medidas del convenio de separación o divorcio, especialmente en relación a los hijos comunes. Así, según los datos del CGPJ, en 2007 se solicitaron un total de 15,410 modificaciones de medidas, mientras que en 2013 fueron 38.454 es decir, casi un 150% más. Y este año 2014 la tendencia se ha mantenido: en el tercer trimestre ha habido un 20% más de solicitudes que en el tercer trimestre de 2013.
Con la modificación de medidas muchos cónyuges buscan cambiar la pensión de alimentos debido al impacto en sus finanzas que ha tenido la crisis. Así, si un progenitor que recibe la pensión de alimentos de su hijo/a ha perdido el trabajo puede solicitar que se aumente. Y un progenitor al que han bajado el sueldo puede querer reducirla.
Otra de las modificaciones de medidas que se suelen solicitar es al custodia compartida, en algunos casos, para que se elimine o reduzca la pensión de alimentos. Aunque este régimen de custodia no implica siempre la exclusión de la pensión de alimentos, sobretodo si hay gran desequilibrio económico entre los progenitores, lo más normal es que los cónyuges asuman los gastos del menor más o menos a mitades. Los problemas económicos y los cambios de residencia por motivos laborales también han provocado litigiosidad en aspectos del régimen de visitas, como quien asume los gastos de desplazamiento.
Todos estos cambios pueden ser consensuados pero la mayoría de veces no lo son. Sólo en el tercer trimestre de 2014, el 80% de las demandas de modificación de medidas fueron no consensudas.
Evidentemente este efecto también se aprecia en los procedimientos de guardia, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales. Así, en el tercer trimestre de 2014 se han producido un 21’5% más de demandas consensuadas y un 18’5% más de no consensuadas en estos procedimientos que el mismo periodo del año pasado. El servicio de estadística del CGPJ también atribuye estre incremento a los problemas relacionados con la crisis económica.