El uso, cada vez más común, de las redes sociales ha provocado que delitos que se cometen en el mundo físico se hayan trasladado también al mundo virtual.

La usurpación de la identidad en las redes sociales es uno de los delitos más recurrentes dentro de los delitos informáticos y consiste en apoderarse de la identidad de las personas, es decir, acceder a las cuentas de las redes sociales sin permiso del propietario y actuar en nombre de éste.

No sólo se trata de delitos en las redes sociales, sino que, en muchas ocasiones, se aprovecha la circunstancia para contratar servicios online, realizar compras o hacer operaciones financieras sin consentimiento del titular.

Una vez se han detectado movimientos bancarios o comentarios en las redes sociales que no han sido autorizados por el propietario de la cuenta, es necesario que éste denuncie los hechos en la policía, entregando el mayor número de información y datos posibles, que servirán como prueba en caso de juicio.

Para evitar y castigar este tipo de conductas, el Código Penal establece una pena de prisión de seis meses a tres años. Además, las personas que hayan resultado perjudicadas por las acciones del usurpador pueden exigir una indemnización por los daños sufridos. De la misma manera, se puede solicitar la cancelación de los movimientos bancarios sin autorización al Juzgado que conoce del caso.

Si quieres conocer qué pasos legales hay que seguir para detectar y denunciar la usurpación de la identidad en internet, puedes encontrar más información en esta guía legal publicada en Lexdir.